¿Es prohibido cambiar una llanta en parqueadero residencial? Ley de Propiedad Horizontal responde
Le explicamos qué hacer en caso de que necesite con urgencia cambiar la llanta en el parqueadero de su conjunto. Los detalles aquí

¿Es prohibido cambiar una llanta en parqueadero residencial? Ley de Propiedad Horizontal responde
En Colombia, La Ley 675 de 2001, regula la propiedad horizontal. Esta establece que los parqueaderos de uso exclusivo hacen parte del bien privado del copropietario o arrendatario. En otras palabras, cada persona tiene derecho a utilizar su espacio para estacionar su vehículo, siempre y cuando no afecte a los demás residentes ni infrinja normas de seguridad o salubridad.
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Aunque la norma no menciona expresamente acciones como cambiar una llanta, sí deja claro que el uso de las áreas privadas debe hacerse de forma razonable y conforme a su destinación. .
¿Se puede prohibir cambiar una llanta en el reglamento del conjunto?
Si bien cada conjunto residencial cuenta con un reglamento de propiedad horizontal, este es aprobado por la asamblea de copropietarios. Este documento puede establecer restricciones adicionales al uso de las zonas comunes y privadas, siempre que no contradigan la ley nacional.
Algunos reglamentos prohíben expresamente realizar reparaciones mecánicas en los parqueaderos, para evitar derrames de aceite, contaminación o riesgos de incendio.
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Sin embargo, para responder si cambiar una llanta está permitido o no se recomienda revisar el reglamento interno y, en caso de conflicto, acudir a la administración del conjunto o al comité de convivencia para resolver la situación sin escalar a procesos legales.
¿Qué hacer en caso de que le impidan cambiar una llanta?
En caso de que usted necesite cambiar una llanta por una emergencia y el vigilante o administrador se lo impida, lo ideal es que pueda comunicar o explicar que se trata de una acción puntual, necesaria para la movilidad y no representa una reparación mecánica prolongada ni un riesgo para la comunidad o demás residentes de su conjunto.
En caso de sanciones o llamados de atención injustificados, el propietario puede solicitar una revisión de la medida ante la asamblea o presentar una queja formal.
Modificaciones prohibidas por la Ley de Propiedad Horizontal
Además de haber estas especificaciones en la Ley, también existen otras, pero relacionadas con la modificación dentro de un edificio, como las que afecten los bienes comunes esenciales como estabilidad, conservación y seguridad del edificio, estos incluyen: los cimientos, la estructura, las fachadas, los techos o terreno bajo suelo, entre otros.
- Cambios en fachadas deben ser aprobados por la copropiedad
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier modificación en la fachada de un inmueble dentro de un conjunto residencial requiere autorización previa de la junta de copropietarios.
Dentro de esto se incluye como pintar la fachada con un color diferente, instalar cerramientos en balcones con ventanales o alterar la estructura visible del inmueble, ya que estas acciones afectan la uniformidad estética del conjunto y pueden impactar el valor del mismo.
- Obras en primeros y últimos pisos también tienen restricciones
Según el numeral 3 del artículo 18 de la ley, los propietarios del último piso no pueden construir otro nivel o realizar ampliaciones estructurales sin la aprobación explícita de la asamblea general de copropietarios.
Por su parte, quienes habitan en el primer piso deben abstenerse de hacer obras que comprometan la seguridad del edificio, como excavaciones profundas o la construcción de sótanos, ya que estas podrían poner en riesgo la estabilidad de la edificación.