Qué es un cabildo abierto y para qué sirve: Este es el mecanismo que convocó Gustavo Petro
El presidente Gustavo Petro convocó a cabido abierto a todos los municipios del país. Por eso, Caracol Radio consultó con expertos en derecho constitucional para entender cómo funciona este mecanismo de participación ciudadana.

Qué es un cabildo abierto y para qué sirve: Este es el mecanismo que convocó Gustavo Petro
En medio del rechazo de la consulta popular en el Congreso de la República, el presidente Gustavo Petro instó a todos los territorios de Colombia a convocar un cabildo abierto. Textualmente, el mandatario dijo, “Le solicito al cabildo abierto de Bogotá, que convoque a las organizaciones a escala nacional (...) para que propongan y discutan si se aprueban o no las propuestas”.
De acuerdo con el artículo 103 de la Constitución Política de Colombia, el cabildo hace parte de uno de los mecanismos de participación del pueblo. Este hace parte del conjunto de manifestaciones del uso de la soberanía de los colombianos junto con el voto, el plebiscito, el referendo y la consulta popular.
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¿Qué es un cabildo abierto, según la Ley colombiana?
Un cabildo abierto se define, según la Registraduría General de la Nación, entidad encargada de la vigilancia de los procesos de participación ciudadana, como, “la reunión en cada período de sesiones ordinarias de las asambleas departamentales, concejos distritales y municipales o de las Juntas Administradoras Locales (JAL) que podrán celebrarse para tratar los asuntos de interés de la comunidad”.
De acuerdo con el Departamento Administrativo de Función Pública, existen dos formas en las que se puede ejecutar un cabildo abierto: virtual y presencial. En ambas deben estar un grupo de entre 12 y 30 personas.
Adicionalmente, el experto en derecho público de la Universidad Javeriana de Bogotá, Luis Guillermo Guerrero, explica que, “la sesión tiene que ser pública y en ella pueden participar los voceros designados por los ciudadanos”. Al final, se adquieren compromisos a cumplir obligatoriamente de todas las partes citadas.
Siga leyendo este artículo y conozca el detalle de cómo funciona un cabildo abierto en Colombia.
¿Cuál es la forma de citar un cabildo abierto?
Como explica el docente en derecho constitucional de la Corporación Universitaria Iberoamericana, Camilo Forero Forero, puede ser citado por una corporación pública (departamentales, municipales, distritales o locales) y también por los propios ciudadanos. Esto quiere decir que no puede ser convocado directamente por el presidente o miembros de su gabinete ministerial.
Se debe citar con cinco días de anticipación junto con un cuestionario o temas a tratar durante las sesiones del cabildo.
¿Cómo funciona un cabildo abierto y para qué sirve?
Inicialmente, el cabildo debe estar llamado por el 0,5% del censo del territorio (departamento, municipio, distrito, localidad o comuna) a través de firmas. Desde la fecha de radicación, se tendrán que realizar las sesiones del cabildo en un plazo menor a un mes, se dialogarán de los temas citados y, ahí, los funcionarios públicos deberán dar respuesta a estas inquietudes o dudas.
En el desarrollo de este mecanismo de participación, como explicó el abogado especialista en derecho administrativo y constitucional, Miguel Molano, “no se podrán presentar iniciativas de ordenanza (departamental), acuerdo (Distrital o municipal) o resolución local” a discutir o legislar, sino temas que estén afectando a la comunidad.
Los pasos para llevar a cabo un cabildo abierto son, teniendo en cuenta la opinión del mismo experto:
- La comunidad local intervendrá primero. Estas personas que hablen se inscribirán previamente con los organizadores de la convocatoria.
- El gobernador o alcalde darán respuestas, después de las declaraciones hechas por la gente.
- A la semana de que se haya hecho el cabildo abierto, todos los convocados deberán congregarse de nuevo para dar respuestas viables a los planteamientos y solicitudes de los ciudadanos.
- Cuando la comunidad esté de acuerdo con esas medidas, se pactarán unos compromisos. De lo contrario, se realizará de nuevo un cabildo para llegar a un acuerdo.
Todos los expertos consultados por Caracol Radio le confirmaron al medio que esta modalidad de participación está regulada y protegida por diversas disposiciones jurídicas como la Ley 134 de 1994, la Ley 1757 de 2015 y la Constitución Política de Colombia.